Muchos colombianos se quedan a las puertas de la pensión por vejez al no alcanzar las 1.300 semanas de cotización que exige la ley. Sin embargo, existe un mecanismo que puede ayudar a completar ese requisito: el cómputo del tiempo de servicio militar obligatorio o voluntario.
De acuerdo con la Ley 48 de 1993 (artículo 40) y la Ley 1861 de 2017 (artículo 45), el tiempo prestado en el servicio militar debe ser reconocido para efectos de la pensión de vejez y también de invalidez.
¿Cuántas semanas se pueden sumar?
El número de semanas que se adicionan depende de la duración del servicio. En Colombia, este suele extenderse entre 12 y 18 meses.
En términos prácticos:
Un año de servicio equivale aproximadamente a 52 semanas.
Un año y medio puede representar hasta 78 semanas adicionales.
Estas semanas pueden marcar la diferencia para quienes están cerca de cumplir el mínimo requerido para pensionarse.
¿A quiénes aplica el beneficio?
La norma establece que el reconocimiento aplica tanto para afiliados al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, como para quienes cotizan en fondos privados de pensiones.
Es decir, el beneficio no depende del régimen al que esté afiliado el trabajador, sino de haber prestado efectivamente el servicio militar y poder certificarlo.
Además de permitir completar semanas faltantes, este tiempo reconocido también puede incidir en el cálculo final de la mesada, dependiendo del historial de aportes del afiliado.
¿Cómo se solicita?
El cómputo del tiempo de servicio militar no se realiza de manera automática. Generalmente, debe solicitarse al momento de iniciar el trámite de reconocimiento de la pensión de vejez o invalidez ante el fondo correspondiente.
Para ello, el interesado debe presentar:
El Certificado Militar, o
La Libreta Militar,
documentos que sirven como prueba oficial del tiempo prestado.
Un dato clave
Aunque el servicio militar ya no es obligatorio en todos los casos y actualmente es voluntario para los hombres y también para las mujeres, quienes lo hayan prestado conservan el derecho a que ese periodo sea tenido en cuenta dentro de su historial pensional.
Para muchos trabajadores que están a pocas semanas de alcanzar las 1.300 exigidas por la ley, este beneficio puede representar la diferencia entre pensionarse o seguir cotizando durante varios meses adicionales.

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