El Distrito de Barranquilla reiteró que no hay restricción alguna para la toma de fotografías personales y familiares en el Gran Malecón del Río y que el único requisito es no quitarse el tapabocas porque esta es una medida de protección personal para evitar contagios por COVID-19.
De acuerdo con el Decreto 0732 de 2020, expedido por la Alcaldía de Barranquilla, el uso del tapabocas es obligatorio para todas las personas, especialmente en el sistema de transporte público individual, colectivo y masivo, y en áreas donde haya afluencia masiva de personas (plazas de mercado, supermercados, bancos, farmacias, entre otros), así como en el espacio público y en aquellos sitios donde no sea posible mantener la distancia. En el Gran Malecón es obligatorio portarlo siempre.
Para Barranquilla es un orgullo ratificar que el Gran Malecón es uno de los espacios más visitados de Colombia, así como uno de los paisajes más compartidos en los recuerdos de todos los barranquilleros y viajeros nacionales e internacionales, quienes diariamente comparten centenares de fotografías para mostrar la experiencia desde sus lentes aficionados y expertos.
Al consolidarse como un importante atractivo turístico, constituido oficialmente bajo el Registro Nacional de Turismo número 46722, el Gran Malecón tiene el compromiso de darle cumplimiento a las normas establecidas, entre ellas el Código Ético Mundial para el Turismo, que es un marco fundamental de referencia para el turismo responsable y sostenible, concebido para orientar a los principales actores del desarrollo turístico, pues se dirige por igual tanto a gobiernos como a empresas turísticas, comunidades y turistas.
Producciones profesionales
Para el caso de producciones profesionales de fotografía y video, que utilizan equipos especiales, vestuarios y demás elementos, con el fin de asegurar el cumplimiento de las normas, el Gran Malecón tiene un reglamento que se aplica únicamente a este tipo de videos y fotografías, no a las personales ni familiares, mediante una carta de compromiso sobre el buen uso de las imágenes registradas.
Este control también busca evitar, bajo toda circunstancia, que se presenten casos de explotación, pornografía y turismo sexual, en cumplimiento de la Ley 679 de 2001, la Ley 1336 de 2009 y la Resolución 3840 de 2009.
Esta reglamentación tiene el aval de la Oficina de Turismo de la Alcaldía de Barranquilla, al tratarse de un atractivo turístico que no solo vela formalmente por sus valores sino por la integridad de todos sus visitantes.
Permisos especiales
Los trabajos de producción audiovisual institucionales, comerciales o de entretenimiento y de fotografía comercial profesional requieren de una solicitud, con previa anticipación, dirigida al correo info@puertadeoro.org con las siguientes especificaciones:
- Duración de la actividad.
- Cantidad de personas del equipo.
- Cantidad de equipo de producción.
- Espacio requerido.
En este caso, rigen las siguientes orientaciones:
- Horario y posibles montajes deben ser previamente aprobados por la administración.
- El personal de logística y montaje deben presentar su ARL y, de ser necesario, cumplir con los permisos necesarios que se generen por la actividad a desarrollar.
- El espacio solicitado debe quedar en perfectas condiciones y libre de basura.
- Está estrictamente prohibido intervenir el piso, utilizar árboles y jardineras.
- Refrigerios y servicios gastronómicos son condicionados como exclusividad para puntos comerciales del Gran Malecón y el mercado gastronómico Caimán del Río. No se permite disponer de refrigerio, hidratación por parte de terceros.
- Para el Caimán del Río se requiere de una solicitud dirigida a caimandelrio@puertadeoro.org bajo aprobación y posible valor por uso del espacio.
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