martes, 8 de septiembre de 2026

Alcaldía de Barranquilla adopta medidas temporales de orden público para este 8 y 9 de septiembre

Las medidas ya entraron en vigencia desde las 6:00 a.m de este martes 8 de septiembre y regirán hasta las 12:59 p. m. del miércoles 9 de septiembre. Entre ellas se incluyen alerta amarilla y ley seca temporal.


La Alcaldía de Barranquilla expidió el decreto No. 1381 del 7 de septiembre de 2026, por medio del cual adopta medidas temporales para la conservación del orden público con ocasión de la visita a la ciudad del presidente de la República, Abelardo De la Espriella y del secretario de Estado de los Estados Unidos, Marco Rubio.


Estas medidas responden a protocolos de seguridad que se aplican a un desplazamiento oficial de alto nivel, preservar la convivencia ciudadana, facilitar la movilidad, prevenir riesgos y coordinar la actuación de las autoridades distritales, la fuerza pública, los organismos de socorro y la red de salud.

 

Vigencia de las medidas:

 

Desde las 6:00 a.m. del martes 8 de septiembre hasta las 12:59 p.m. del miércoles 9 de septiembre de 2026, salvo disposiciones con horario especial por razones operativas, las medidas tendrán vigencia en los siguiente sectores:

 

 

1. Instalaciones del Batallón Paraíso, sobre la vía 40 entre calles 77 a 80 en sentido norte a sur, los días 8 y 9 de septiembre de 6:30 a.m. a 5:00 p.m. (con 4 unidades de tránsito).

 

2. Calle 75 entre carreras 54 y 57 y sobre la carrera 55 y 56 entre calles 76 y 74, el 8 de septiembre desde las 5:00 p.m. hasta las 10:00 p.m. (con 6 unidades de tránsito).

 

3. Museo del Carnaval.

 

4. Ruta de desplazamiento de la caravana presidencial.

 

5. Puntos de cierre vial, desvíos, zonas de seguridad y corredores institucionales definidos por la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial.

 

Restricciones de movilidad y tránsito en zonas priorizadas:

 

Durante la vigencia del decreto, en los sectores señalados se restringe:

 

• La circulación y estacionamiento de vehículos no autorizados. Solo podrán circular los autorizados por la fuerza pública, seguridad presidencial, organismos de socorro y autoridades de tránsito.

 

• Las actividades de cargue y descargue de mercancías.

 

• La circulación de motocicletas con acompañante (hombre o mujer).

 

• El transporte de escombros, desechos, trasteos, cilindros de gas, combustibles y sustancias inflamables.

 

• El transporte de personas en platones, carrocerías o partes externas de vehículos y vehículos de tracción animal.

 

• El estacionamiento sobre andenes, zonas verdes, separadores y espacios públicos.

 

Otras medidas:

 

• Ley seca temporal: Se restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en los sectores definidos en el decreto y su anexo técnico, durante la vigencia de las medidas.

 

• Alerta amarilla en salud: Se declara alerta amarilla en la red hospitalaria y de atención de emergencias del Distrito, desde las 6:00 a.m. del 8 de septiembre hasta las 12:59 p.m. del 9 de septiembre, como medida preventiva para garantizar capacidad de respuesta.

 

La Alcaldía de Barranquilla invita a la ciudadanía a acatar las indicaciones de las autoridades, planificar sus desplazamientos con anticipación y consultar los canales oficiales para conocer los desvíos y cierres establecidos.

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