sábado, 12 de septiembre de 2020

Ley Seca en Soledad operará viernes y sábado por celebración del día del amor y la amistad

Debido a la celebración del día del Amor y Amistad, el municipio de Soledad estará bajo Ley Seca, desde las 8 de la noche de hoy viernes hasta las 5 de la mañana del domingo 13 de septiembre. Así fue establecido por el alcalde Rodolfo Ucrós Rosales, a través del Decreto N°238 expedido el pasado 30 de agosto de 2020.

El Decreto precisa que aunque se levanta la medida de Toque de Queda y otras medidas restrictivas en el Municipio, para los fines de semana del 11 y el 18 de septiembre, fechas en las cuales se celebra comúnmente el día del amor y amistad, se impondrá transitoriamente la medida preventiva de Ley Seca, con el propósito de seguir disminuyendo las cifras de contagios. “Hacemos un llamado a la comunidad para continuar acatando todas las medidas de bioseguridad, de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable”, precisó el alcalde Ucrós Rosales.

Según el mandatario, la medida es implementada con el objetivo de evitar aglomeraciones de personas. “Hemos dictado esta norma por el bien de todos los soledeños y para continuar con acciones orientadas a prevenir contagios”, sostuvo.

Igualmente, destacó: “Soledad ha avanzado de manera importante en la disminución de casos positivos por Coronavirus, gracias a las medidas que hemos implementado y fundamentalmente al apoyo y colaboración de todos los soledeños. El Instituto Nacional de Salud, INS, reportó que actualmente tenemos un 93 por ciento de recuperados por covid-19, lo que quiere decir que 13.053 han superado esta enfermedad. Es fundamental que sigamos siendo disciplinados para que podamos ganar la lucha contra este virus”, agregó Ucrós Rosales.

Adicionalmente, el Decreto indica que las actividades no permitidas son las siguientes:

1.  Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

2. Los bares, discotecas, billares y lugares de baile.

3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

4. Piscinas, spas, sauna, turcos, zonas húmedas de los gimnasios, balnearios,

5. Parques de atracciones mecánicas y parques o juegos infantiles.

6. El ejercicio de actividades deportivas que impliquen contacto físico, o que se practiquen en conjunto.

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