La ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOLEDAD, se sirve aclarar a la opinión pública y a los medios en general, que las obras de pavimentación de la Calle 30 en el sector Tauro, derivan del convenio interadministrativo suscrito con EMDUOCCIDENTE, empresa cuya naturaleza jurídica es pública.
Siendo consecuente con lo anterior, el Estatuto General de la Contratación Estatal, permite que las entidades públicas, puedan suscribir contratos y/o convenios interadministrativos para atender los planes, metas, fines y propósitos del orden municipal, que tenga la condición de apremiantes.
Resaltamos que el convenio interadministrativo fue preparado conforme a los principios de la contratación estatal, pero en especial a la selección objetiva, transparencia y publicidad, estando todos los actos pre-contractuales cargados en el SECOP II donde reposan los documentos exigidos para esta modalidad, tal como lo dispone el Decreto 1082 de 2015, Capítulo 2, Subsección 4 en el artículo 2.2.1.2.1.4.4.
Por su parte, EMDUOCCIDENTE se encuentra ejecutando obras por 201 mil millones de pesos, situación que generó confianza en relación a su experiencia e idoneidad, por esa razón, fue contratada para aunar esfuerzos, técnicos, administrativos y financieros, acreditando en su objeto social contar con actividades de gestión de proyectos de ciudad y territorio inteligente, gerencia de obras, obras de infraestructura vial, canalización de aguas, entre otras, afines con el objeto del convenio.
Seguiremos trabajando de manera incansable por el bienestar de Soledad, avanzando en los desafíos que por décadas no fueron atendidos y/o priorizados, por los gobiernos anteriores, superaremos los obstáculos, dificultades, riesgos y le cumpliremos a los habitantes de Soledad, por ser el compromiso que nos mueve.
No hay comentarios:
Publicar un comentario