lunes, 14 de julio de 2025

ARMADA DE COLOMBIA DETECTA ACTIVIDAD ILEGAL DE CEBADO DE FAUNA MARINA EN CAYO ACUARIO

Según la resolución 611 de 2022 de CORALINA, está prohibido el cebado y manipulación de fauna marina en el Archipiélago.

 

En el marco del despliegue del Plan Acorazado, estrategia de seguridad con ocasión de la temporada turística en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la Armada de Colombia, en coordinación con la Policía Nacional y la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago - CORALINA -, intervino una actividad ilegal que afectaba directamente al equilibrio del ecosistema marino.

 

Durante una operación de patrullaje marítimo en el sector de Cayo Acuario, fueron sorprendidas tres personas realizando cebado de especies marinas como tiburones y mantarrayas, presuntamente con el propósito de atraer turistas. Esta práctica altera la conducta natural de los animales, rompe el equilibrio de la cadena trófica y genera dependencia alimentaria artificial, afectando de esta manera la biodiversidad de una de las reservas naturales más importantes del país.

 

Además del impacto ambiental, esta actividad ilegal representa un riesgo para la seguridad de los usuarios del mar, incluidos turistas y trabajadores del sector náutico. La alteración del comportamiento natural de especies como los tiburones, puede generar situaciones de peligro al fomentar una interacción antinatural entre humanos y fauna silvestre, especialmente en zonas frecuentadas para la recreación, como el buceo o el careteo. La presencia constante de estas especies, atraídas artificialmente por el cebado, incrementa la probabilidad de incidentes y pone en riesgo la integridad de quienes disfrutan del mar Caribe como destino turístico o medio de subsistencia.

 

Los involucrados, todos de nacionalidad colombiana, fueron capturados por la Policía Nacional y transportados por la Armada de Colombia a bordo de una Unidad de Reacción Rápida - URR -, hasta el muelle de la Estación de Guardacostas de San Andrés, donde se iniciaron los procedimientos judiciales correspondientes.

 



Esta conducta está tipificada como delito ambiental conforme a la Ley 2111 de 2021, artículo 328, y contempla sanciones penales entre 60 y 135 meses de prisión, además de multas que pueden alcanzar hasta 43.750 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

La Armada de Colombia, a través de la Fuerza Naval del Caribe y su Comando Específico en el Archipiélago, reafirma su compromiso con la protección del patrimonio natural del país, en especial de la Reserva de Biósfera Seaflower. Asimismo, invita a la comunidad a rechazar y denunciar este tipo de prácticas que ponen en riesgo la sostenibilidad ambiental de este territorio insular.

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