lunes, 23 de marzo de 2020

Lo que no podrá hacer durante el aislamiento obligatorio en Colombia


El Gobierno dio a conocer este lunes el decreto 457 de marzo del 2020 en el que se imparten las instrucciones para el cumplimiento del aislamiento preventivo obligatorio en todo el territorio colombiano. La medida que será efectiva durante 19 días desde las cero horas del miércoles 25 de marzo buscará ayudar a controlar la crisis ocasionada por la pandemia del coronavirus. 
A continuación respondemos a algunas de las preguntas más comunes de la ciudadania sobre esta disposición:
¿Puedo salir de mi casa?
No, solo si hace parte de las 34 excepciones que se estipulan en el decreto aplicadas para garantizar el derecho a la vida, la salud y la superviviencia de los ciudadanos. 
Que pasa si no cumplo con el aislamiento?
Quien viole las instrucciones dadas será sujeto de sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal, allí se indica que las personas que incumplan una medida sanitaria para impedir la propagación o introducción de una epidemia incurrirán en prisión de 4 a 8 años y también tendrán que pagar las multas contempladas en el decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud y Protección social. 
Los gobernadores o alcaldes que omitan el cumplimiento del decreto también se enfrentarán a sanciones.
¿Qué sucederá con el transporte aéreo, fluvial y terrestre?
En el caso del transporte doméstico por vía aérea se ordenó su suspensión desde las cero horas del miércoles 25 de marzo hasta las cero horas del 13 de abril del mismo año. Sin embargo, es importante aclarar, que se permitirá este tipo de desplazamientos solo en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía. 

Únicamente se garantizará el transporte público terrestre, por cable, fluvial y marítimo de pasajeros, postales y paquetería que sean estrictamente necesarios para prevenir, mitigar y atender la emergencia ocasionada por el Covid-19.

En el decreto se prioriza el transporte de carga, logística y almacenamiento para importaciones y exportaciones. 
¿Se permitirá tomar alcohol durante los días de aislamiento?
Se ordenó la prohibición del consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos comerciales, pero se clara que no queda prohibido el expendio de dichos productos.
¿Puedo sacar a mi perro o mascota de compañía?
Sí, solo una persona por núcleo familiar.
En caso de estar entre las 34 excepciones, ¿debo portar algún documento?
Se solicita a las personas que desarrollen dichas actividades llevar acreditaciones y documentos que le identifiquen en el ejercicio de sus funciones en alguna de esas áreas.
¿Puedo sacar a mi perro o mascota de compañía?
Sí, solo una persona por núcleo familiar.
En caso de estar entre las 34 excepciones, ¿debo portar algún documento?
Se solicita a las personas que desarrollen dichas actividades llevar acreditaciones y documentos que le identifiquen en el ejercicio de sus funciones en alguna de esas áreas.
Y si necesito salir por alimento, es permitido?
Claro, pero recuerde que solo podrá salir una sola persona por núcleo familiar para adquirir bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza o mercancía de consumo ordinario. 

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