Además, los predios no residenciales pagarían impuesto predial 2020 con descuento del 5% hasta el 30 de junio.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Decreto 678 de 2020, cuyo artículo 7 otorga beneficios tributarios a los contribuyentes que se encuentran en mora en el pago de sus impuestos de vigencias anteriores.
A partir de la fecha, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados pagarían únicamente el capital adeudado por concepto de impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago, de 2019 y años anteriores, sin intereses ni sanciones. Adicionalmente, podrán percibir un descuento importante en el valor del capital, dependiendo de la fecha en la que se acojan al beneficio, de la siguiente manera:
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Decreto 678 de 2020, cuyo artículo 7 otorga beneficios tributarios a los contribuyentes que se encuentran en mora en el pago de sus impuestos de vigencias anteriores.
A partir de la fecha, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados pagarían únicamente el capital adeudado por concepto de impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago, de 2019 y años anteriores, sin intereses ni sanciones. Adicionalmente, podrán percibir un descuento importante en el valor del capital, dependiendo de la fecha en la que se acojan al beneficio, de la siguiente manera:
Fecha límite | Pago de capital | Pago de intereses |
A partir de la fecha y hasta el 31 de octubre de 2020 | Solo paga 80% del capital adeudado | 0% de intereses o sanciones |
Del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2020 | Solo paga 90% del capital adeudado | 0% de intereses o sanciones |
Del 1 de enero al 31 de mayo de 2021 | Paga 100% del capital adeudado | 0% de intereses o sanciones |
Asimismo, esta medida se extiende a aquellas obligaciones que se encuentren en discusión en sede administrativa y judicial, y su aplicación dará lugar a la terminación de los respectivos procesos.
Además de ofrecer un alivio económico a los ciudadanos, la decisión fue tomada por el Gobierno Nacional con el ánimo de que las entidades territoriales puedan recuperar su cartera y generar una mayor liquidez que les permita contrarrestar el impacto de la pandemia.
El secretario distrital de Hacienda, Gustavo Rocha, hace un llamado para que los ciudadanos aprovechen esta oportunidad de ponerse al día con sus obligaciones y normalicen su situación en materia tributaria. “Es importante que los barranquilleros sean conscientes de que el recaudo por rentas e impuestos distritales representa la fuente principal de ingresos del Distrito; es decir, es el dinero con el que contamos para cubrir los gastos adicionales que la crisis generada por el COVID-19 nos exige”, expresó.
Descuento en predial para predios no residenciales
Por su parte, mediante el Decreto 0457 de 2020, la Alcaldía Distrital de Barranquilla modificó la fecha del descuento por pronto pago del impuesto predial unificado para los predios no residenciales de la ciudad.
Es decir, predios comerciales, industriales, lotes y otros de uso no habitacional, que tenían plazo para pagar la vigencia 2020 con descuento del 5% hasta el 29 de mayo, ahora podrán hacerlo hasta el 30 de junio, y sin descuento hasta el 31 julio de este año.
Los predios residenciales continúan con los plazos anteriormente decretados por el Distrito:
Además de ofrecer un alivio económico a los ciudadanos, la decisión fue tomada por el Gobierno Nacional con el ánimo de que las entidades territoriales puedan recuperar su cartera y generar una mayor liquidez que les permita contrarrestar el impacto de la pandemia.
El secretario distrital de Hacienda, Gustavo Rocha, hace un llamado para que los ciudadanos aprovechen esta oportunidad de ponerse al día con sus obligaciones y normalicen su situación en materia tributaria. “Es importante que los barranquilleros sean conscientes de que el recaudo por rentas e impuestos distritales representa la fuente principal de ingresos del Distrito; es decir, es el dinero con el que contamos para cubrir los gastos adicionales que la crisis generada por el COVID-19 nos exige”, expresó.
Descuento en predial para predios no residenciales
Por su parte, mediante el Decreto 0457 de 2020, la Alcaldía Distrital de Barranquilla modificó la fecha del descuento por pronto pago del impuesto predial unificado para los predios no residenciales de la ciudad.
Es decir, predios comerciales, industriales, lotes y otros de uso no habitacional, que tenían plazo para pagar la vigencia 2020 con descuento del 5% hasta el 29 de mayo, ahora podrán hacerlo hasta el 30 de junio, y sin descuento hasta el 31 julio de este año.
Los predios residenciales continúan con los plazos anteriormente decretados por el Distrito:
- Predios residenciales estratos 1 y 2: 10% de descuento hasta el 31 de julio y 5% de descuento hasta el 30 de septiembre.
- Predios residenciales estratos 3, 4, 5 y 6: 10% de descuento hasta el 31 de mayo y 5% de descuento hasta el 30 de junio.
La invitación del gerente de Gestión de Ingresos del Distrito, Fidel Castaño, es a que los contribuyentes aprovechen estos descuentos en las fechas oportunas. En la página web de la Alcaldía de Barranquilla www.barranquilla.gov.co está habilitada la opción de pago por PSE.
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