Caquetá: Nueva EPS advierte impacto por
ampliación de embargo
• Esta medida se suma a una serie de decisiones que han afectado gravemente el
flujo de recursos destinados a la atención en salud.
• El Juzgado Primero Civil del Circuito de Florencia, Caquetá, decidió ampliar la
medida judicial con una ampliación de embargabilidad que ahora asciende a $887
mil millones de pesos.
• Los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) son inembargables,
según el artículo 48 de la Constitución y las leyes 1438 de 2011 y 715 de 2001.
País, 28 de octubre de 2025 @Nueva_EPS: A pesar del más reciente llamado desde
la Entidad por proteger los recursos con los cuales se garantizan los servicios en
salud, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Florencia, Caquetá, decidió
ampliar la medida judicial ya mencionada a Nueva EPS, afectando en mayor
medida los recursos inembargables del sistema de salud.
Esta nueva alerta se da por los nuevos mandamientos del juzgado mencionado, con
lo cual se da lugar a una ampliación de la embargabilidad de recursos, que ahora
asciende a $887.249.858 millones de pesos, el doble de lo confirmado la semana
anterior; $422.466.580 millones.
Otro de los asuntos que más preocupa, tiene que ver con el embargo de recursos
destinados al régimen subsidiado, medida que además de irregular, lesiona a los
afiliados más vulnerables del sistema.
El despacho judicial mencionado concentra el 45,9% de las demandas
ejecutivas contra Nueva EPS y se ha convertido en el despacho con mayor número
de medidas cautelares contra la entidad.
Entre las IPS con más procesos de embargo figuran: Clínica Médicos del Cesar,
Clínica Uros S.A.S., Fundación Cardio Infantil, y recientemente Clínica de
Valledupar, Clínica San Juan Bautista S.A.S., Medicuc IPS LTDA, entre otras.
¿Qué significa?
Cuando un juzgado ordena el embargo de los recursos de una Entidad Promotora
de Salud (EPS), se retienen los fondos que la entidad posee en sus cuentas
bancarias o que recibe del sistema de salud, con el propósito de garantizar el pagode una obligación dentro de un proceso judicial. En la práctica, esto impide que la EPS disponga libremente de esos recursos mientras se define la demanda o se cumple una sentencia.
Aunque la normativa vigente establece que los recursos destinados a la salud son inembargables por su carácter público y de destinación específica, la aplicación de estas medidas judiciales bloquea temporalmente dineros que deberían ser
utilizados para la atención de los afiliados y el pago oportuno a los prestadores en
todo el país.
Los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) son inembargables, según el artículo 48 de la Constitución y las leyes 1438 de 2011 y 715 de 2001.
La Circular 000032 de 2025 del Ministerio de Salud y la Circular 014 de 2018 de la Procuraduría reiteran que estos fondos no pueden ser objeto de medidas cautelares, pues son parafiscales y esenciales para garantizar el derechofundamental a la salud. En tal sentido, embargar estos recursos vulnera el orden jurídico, compromete el patrimonio público y afecta la atención de más de 11 millones de afiliados en todo el país.
Por tal razón, la Agente Especial Interventora de Nueva EPS ha informado a la Superintendencia Nacional de Salud (SNS), al Ministerio de Salud y Protección
Social y a la ADRES, solicitando medidas urgentes para frenar estas decisiones
judiciales que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema.
“Estos embargos no solo desconocen la naturaleza jurídica de los recursos, sino
que afectan la garantía del derecho fundamental a la salud de los colombianos”, afirmó la Dra. Gloria Libia Polanía Aguillón.
Entretanto, Nueva EPS agotará todos los recursos judiciales disponibles y hace un llamado a los actores involucrados para que consideren las implicaciones legales y sociales de sus acciones, preservando la transparencia y sostenibilidad del sistema de salud.




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